¿Necesito autorización de la administración o la comunidad para instalar un cargador?

En Chile, SÍ necesitas autorización de la asamblea de copropietarios para instalar cargadores en edificios residenciales. La Ley de Copropiedad Inmobiliaria Nº21.442 exige aprobación de la asamblea, requiriendo 70% de asistentes para modificaciones que afectan bienes comunes (como cambio de destino de estacionamiento) o mayoría absoluta para otros casos.

La instalación no puede realizarse sin aprobación si afecta elementos comunes (cuarto de contadores, cableado general, estructura). Solo en tu propia plaza y sin afectar zonas comunes significativamente podría ser más simple, pero la ley chilena actual requiere aprobación de la asamblea para edificios residenciales.